ESCAPARATE sobre ECONOMÍA, EMPRESA Y SOCIEDAD
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NUEVOS RETOS EN TORNO AL EQUILIBRIO SOCIAL Y MEDIOAMBIENTAL DE LAS EMPRESAS:
LOS PRODUCTOS SOCIALMENTE CORRECTOS
Jesús Lizcano Alvarez
Director de la revista Encuentros Multidisciplinares
Catedrático de Economía Financiera y Contabilidad de la Universidad Autónoma de Madrid
INTRODUCCIÓN
Uno de los retos que han de abordar en estos próximos años las
empresas, en función de las actuales tendencias de una sociedad que todos
deseamos que sea más avanzada y equilibrada en el actual proceso de globalización,
es el que se refiere a los productos socialmente correctos.
Vamos a aclarar, en primer lugar, lo que entendemos por productos
socialmente correctos: Se trata de aquellos productos –y creemos que lo habrían
de ser todos- que respeten fundamentalmente en su proceso de producción unas mínimas
normas: a) De equilibrio medioambiental y natural, y b) De respeto social y
laboral.
Son éstos dos objetivos o coordenadas mínimas (podría haber alguna más)
que entendemos que han de cumplir los productos (bienes o servicios) que realice
cualquier empresa: a) Por una parte, que al producirlos se preserve en la medida
de lo posible la cantidad y calidad de los recursos naturales con los que tiene
relación el propio proceso de actividades de la empresa, considerado éste en
un sentido amplio, es decir, tanto las actividades productivas, como las
comerciales, las de administración, control, transporte, etc. b). Por otra
parte, que al desarrollar su actividad respeten escrupulosamente las mínimas
condiciones sociales y laborales que se establecen como estándares a nivel
internacional, por ejemplo, en lo relativo a la edad de los trabajadores, a las
condiciones de trabajo, horarios, características del puesto de trabajo,
características físicas de las tareas, condiciones de seguridad y riesgos,
etc.
El establecimiento y diseño de sistemas de información interna -tanto a
nivel de magnitudes monetarias, como a nivel de indicadores de gestión
cualitativos o no monetarios- que puedan llegar a controlar o cuantificar de
alguna forma las correspondientes variables relacionadas con los dos objetivos
citados, constituye a nuestro juicio un desafío tan importante como novedoso
para la evaluación y la información contable de las empresas.
De acuerdo con estos planteamientos, nos atrevemos a proponer dos
vectores o tipos de análisis de cara a poder llegar a una valoración de los
productos socialmente correctos: a) Análisis medioambiental y energético de
los procesos. b) Análisis social y laboral de los procesos.
Aunque una consideración minuciosa de los aspectos inherentes a estos
dos tipos de análisis rebasarían ampliamente el contexto y la dimensión de
este trabajo, nos vamos a permitir al menos señalar algunas ideas y datos que
puedan servir al lector como una mínima referencia en relación con estas
materias y las consiguientes posibles líneas de investigación multidisciplinar
al respecto.
ASPECTOS
MEDIOAMBIENTALES Y ENERGÉTICOS.
Si consideramos los recursos energéticos integrados dentro de la amplia
serie de recursos naturales y medioambientales, uno de los objetivos
fundamentales que habrán de cumplir los productos socialmente correctos será
un máximo respeto y sostenibilidad a nivel medioambiental, o lo que es lo
mismo, que el consumo neto de recursos medioambientales tienda a cero, que es
como decir que dichos productos preservarían en la mayor medida el stock de
recursos naturales y medioambientales existentes.
Cabe recordar dentro de este contexto, en primer lugar, que los aspectos
energéticos y los medioambientales están estrechamente vinculados, ya que, por
ejemplo, el 80% del consumo energético mundial procede de los combustibles fósiles
(petróleo, gas natural y carbón), cuyo uso emite gases dañinos que calientan
el planeta, con los consiguientes efectos nocivos medioambientales. Hay que señalar
en este sentido que el Informe mundial de la energía, publicado por la ONU,
establece tres líneas fundamentales de actuación a este respecto: más
investigación, más fuentes renovables y más eficiencia en los consumos energéticos,
ya que a nivel global se calcula que actualmente se malgasta o se pierde inútilmente
el 30% de la energía total consumida.
Sin salir de los aspectos relativos a la energía cabe señalar que
existen numerosos estudios que evalúan de forma comparativa el impacto
medioambiental de los consumos energéticos de los procesos productivos de las
empresas. A un nivel general cabe recordar, por ejemplo, un estudio llevado a
cabo por la Asociación Española de Productores de Energías Renovables, en el
que se evalúan y comparan los ocho principales sistemas de producción de
electricidad (cinco convencionales y tres renovables) dentro del territorio español.
Según dicho estudio se pone de manifiesto que las energías convencionales
causan un impacto medioambiental treinta y una veces mayor que el de las energías
renovables, y que, por ejemplo, el producir un kilovatio-hora en el mejor
sistema renovable (el minihidráulico) origina un daño ambiental trescientas
veces inferior al que produce, por ejemplo, una central térmica de lignito.
Por otra parte, una cuestión a considerar en este terreno, sería la de
evaluar la intensidad energética de cada uno de los productos de una empresa,
esto es, la proporción de su valor o coste final que correspondería al consumo
de recursos energéticos. También se podría establecer una forma no sólo
cuantitativa como la anterior, sino cualitativa que radicase en evaluar el tipo
y la forma de energía consumida, y los aspectos de equilibrio, restitución,
sostenibilidad, etc. que pudieran acompañar en los análisis a esa mera
cantidad de inputs energéticos consumidos por cada producto.
A un nivel más amplio, pensamos, por otra parte, que la racionalidad
energética y medioambiental de los procesos económicos de las empresas se
debería evaluar y controlar ya desde las primeras operaciones pertenecientes a
la cadena de valor interna de la empresa, esto es en lo relativo a las compras,
de tal forma que se pudiera establecer un sistema de evaluación de las compras
socialmente correctas, midiéndose aspectos como la proporción que suponen las
compras de productos reciclados.
Lo anterior, además, no es exclusivo de las empresas, sino que puede ser
perfectamente extrapolable a las entidades pertenecientes a la Administración pública,
ya que las compras realizadas por la misma representan aproximadamente un 15%
del Producto Interior Bruto a nivel de la Unión Europea, lo que puede dar una
idea de la importante magnitud de este tipo de compras, y por tanto, de una
evaluación en clave medioambiental y social de las mismas.
Existen hoy, por otra parte, numerosas empresas que implantan sistemas de
fabricación con nuevos materiales de construcción caracterizados por estar
fabricados en un 100% a partir de residuos sin uso, o poco uso actual, y cuyo
destino preferente es el vertedero. En este sentido muchas investigaciones están
hoy día orientadas a la incorporación de residuos no aprovechables para la
fabricación de materiales de la máxima calidad técnica al mínimo coste de
producción posible.
Otro de los muchos aspectos que se pueden tener en cuenta en este tipo de
análisis es la naturaleza de algunos de los inputs utilizados en ciertos
procesos industriales. Por ejemplo, aquellos procesos que utilizan el vidrio, se
verán favorecidos en este tipo de análisis, ya que el vidrio es un material
muy reciclable, que se obtiene de la arena y que se puede triturar hasta
convertirlo otra vez en arena. Precisamente muchas investigaciones permiten
aventurar que el vidrio celular va a poder reemplazar en no muchos años al
cemento que se utilizan como input básico en los procesos de construcción de
los edificios actuales.
Como progresos o innovaciones en este ámbito productivo de las empresas
pueden mencionarse, por otra parte, las investigaciones dirigidas a que se
puedan emular en los ciclos globales de las empresas los sistemas de eliminación
de basuras de la naturaleza. Cabe señalar a este respecto un ejemplo cercano a
estas proyecciones, como es el de un Parque ecoindustrial ubicado en Dinamarca,
y que viene a evidenciar lo que se puede ganar reciclando y compartiendo los
recursos, como lo muestra el hecho que dentro del citado parque, una empresa de
energía, una firma farmacéutica, un fabricante de tableros prensados y una
refinería, comparten la producción y el uso de vapor, gas y agua para
refrigerar; en este contexto, el exceso de calor se utiliza en las casas
cercanas y en los invernaderos y en definitiva, el residuo de una empresa se
convierte en el recurso de otra.
Dentro de esta breve presentación de ideas y datos, podemos también
hacer una sucinta referencia a algunas de las normas medioambientales existentes
actualmente para las empresas, tanto en el contexto nacional como internacional.
En este sentido cabe señalar que en 1996 se aprobó en España un Real Decreto
por el que se establecen normas para aplicar los principios marcados por el
Reglamento CEE 1836/96, de cara a que las empresas puedan incorporarse al
sistema comunitario de gestión y auditoría medioambiental.
Por otra parte, cabe señalar en lo relativo a la certificación
medioambiental, la existencia de normas elaboradas por la Asociación Española
de Normalización (AENOR), como es, por ejemplo, la Norma UNE-77801, relativa a
las Reglas generales para la implantación de un sistema de gestión
medioambiental, o asimismo la Norma UNE-77802, relativa a las Reglas generales
para las auditorías medioambientales.
Por otra parte, cabe hacer referencia a la Organización Internacional de
Estandarización (ISO), que ha elaborado diversas normas relativas a los
sistemas de gestión medioambiental en las empresas, como son los de la familia
ISO 14000. Se puede mencionar a este respecto la norma ISO 14001, que establece
los requisitos que ha de cumplir un sistema de gestión medioambiental para
obtener la certificación según esta norma; también la ISO 14004, que
proporciona información y ejemplos prácticos que pueden ayudar a las empresas
a implantar un sistema de gestión medioambiental; e igualmente la ISO 14012,
que establece la cualificación que deben poseer los auditores medioambientales.
Teniendo en cuenta finalmente, los aspectos técnicos y normativos
citados en relación con la producción, sus componentes, los costes y otros
diversos aspectos de los productos, aparte de la multiplicidad de informaciones,
artículos y libros existentes relacionados con estos aspectos energéticos y
medioambientales, pensamos que se puede tener una buena base de referencia en el
objetivo que se apunta y se propone en este trabajo, esto es, formulación de
sistemas de medición o evaluación del equilibrio y sostenibilidad
medioambiental de los productos (bienes o servicios) que realiza una empresa, de
cara a su evaluación como productos socialmente correctos.
ASPECTOS
SOCIALES Y LABORALES.
Los aspectos sociales y laborales constituyen, por otra parte, como ya se
ha señalado anteriormente, el segundo eje o vector de lo que aquí consideramos
como productos socialmente correctos. A nivel general, nos vamos aquí a
permitir señalar de forma muy sucinta algunas ideas o aspectos que pensamos
pueden servir como referencia a la hora de desarrollar investigaciones y
propuestas concretas en este terreno.
Una primera cuestión es la necesaria búsqueda de fórmulas para medir y
evaluar los diferentes aspectos sociales o laborales que tienen una proyección
económica interna en la empresa, y que pueden ser susceptibles de valoración
tanto en unidades físicas o raíces, como en algunos casos a nivel monetario.
En este sentido se deberían buscar fórmulas para medir, por ejemplo,
aspectos como los siguientes: a) Proporción de niños que integran, en su caso,
la plantilla de mano de obra en una empresa. b) Condiciones de salud y
confortabilidad de los distintos puestos de trabajo. c) Condiciones de horarios
y proporción de horas extras de la mano de obra. d) Aspectos relativos a la
dignidad de los salarios y los sistemas de retribución existentes (destajos,
horas nocturnas, etc.). e) Aspectos de discriminación laboral por razones de
sexo, edad, etc. f) Aspectos relativos a la seguridad y riesgos existentes en
las instalaciones o explotaciones de la empresa. g) Cuadros de sanciones y
condiciones disciplinarias de los trabajadores. h) Aspectos de respeto a los
derechos de los trabajadores a domicilio, etc.
Algunos de los aspectos señalados pueden resultar más difíciles que
otros a la hora de diseñar para ellos indicadores o sistemas de evaluación y
cuantificación (monetaria o no monetaria), si bien aquí se han señalado como
meros elementos sobre los que trabajar y como objetivos hacia los que tender, más
que explicitar propuestas específicas y directas a este respecto.
Si hemos de hacer igualmente dentro de este breve bosquejo una referencia
a algunas normas o principios existentes en este terreno dentro del contexto
internacional, habremos de comenzar haciendo referencia a las normas de la
Organización Internacional de Trabajo (OIT). Cabe destacar más concretamente a
este respecto lo relativo a los Convenios Fundamentales de esta organización,
entre los que cabe señalar ocho convenios directamente relacionados con la
protección social de los trabajadores en los distintos países del mundo. En
este sentido citamos a continuación dichos convenios:
A) Eliminación del trabajo infantil. Existen dos Convenios a este
respecto: el Convenio nº 138, relativo a la Edad mínima del trabajo infantil,
y el Convenio nº 182 relativo a las Formas y condiciones del trabajo infantil.
Cabe señalar que aunque la OIT cuenta con 174 Estados miembros, los dos
anteriores convenios han sido ratificados por escasamente 80 países.
B) Abolición del trabajo forzoso. Dos son los convenios de la OIT que se
pueden citar a este respecto: el Convenio nº 29, relativo al Trabajo forzoso, y
el nº 105, relativo a las Condiciones de abolición de dicho trabajo forzoso.
El primero de estos convenios ha sido ratificado por 150 países y el segundo
por 140.
C) Libertad sindical. Los dos convenios fundamentales de la OIT relativos
a esta materia son los siguientes: El Convenio nº 87 sobre la libertad sindical
y la protección del derecho de sindicación, y el Convenio nº 98 sobre el
derecho de sindicación y de negociación colectiva. El primer convenio ha sido
ratificado por 124 países, siendo 141 los países que han ratificado el
segundo.
D) Igualdad laboral. En este caso los convenios de la OIT son: el
Convenio nº 100, relativo a la Igualdad de renumeración, y el Convenio nº
111, relativo a la Discriminación laboral; ambos convenios han sido ratificados
por un conjunto aproximado de 140 países.
Cabe destacar, por otra parte, que algunos estudios de la OCDE vienen a
evidenciar que las inversiones directas en el extranjero se ven influenciadas
negativamente por la utilización de trabajadores infantiles en los países
destinatarios, y por otra parte, que los sectores exportadores que más éxito
tienen en los países en desarrollo son básicamente aquellos que disponen de
normas laborales más avanzadas que el resto ([1])
En
lo relativo a otras normas que pudieran servir igualmente de referencia a la
hora de investigar y desarrollar estos planteamientos, podemos mencionar la
Social Accountability 8000 (SA 8000). Esta norma ha sido emitida por el Council
Economic Priorities Accreditation Agency (CEPAA) organización fundada en 1997,
que desde hace poco tiempo se ha pasado a llamar Social Accountability
International.
Esta organización ha venido trabajando en estos últimos años para
establecer pautas o principios con el fin de conseguir mejoras en las garantías
de los derechos de los trabajadores, y que pueden relacionarse o explicitarse a
través de la información contable. Esta organización norteamericana es una
organización hermanada o integrada con el propio Council on Economic Priorities
(CEP), entidad que se creó específicamente para el desarrollo de la citada SA
8000. La SA 8000 está realmente basada en normas ISO, tanto las ISO 9000,
relativas a la calidad, como a las ISO 14000, relativas, como se ha señalado
anteriormente, a los aspectos medioambientales. La SA 8000 constituye así una
herramienta para la certificación social de fábricas y empresas, y que viene a
incluir en sus contenidos los estándares laborales internacionales mencionados
anteriormente en relación con las Normas de la Organización Internacional del
Trabajo. Como ejemplo, cabe señalar que algunas de sus proyecciones prácticas
se centran actualmente en certificar sociolaboralmente fábricas de prendas
textiles y calzado en China.
Otra de estas organizaciones que trabajan en pro de este tipo de
objetivos y desarrollos es la Fair Labour Association (FLA), o Asociación del
Trabajo Justo. En esta Asociación norteamericana participan algunas de las
mayores empresas y marcas de prendas textiles y calzado a nivel mundial, como
Nike, Reebook, Philips-van Heussen, así como numerosas ONGs que participan en
el Fondo Internacional de Derechos Laborales; también la Liga Nacional de
Consumidores, y el Comité de Abogados por los Derechos Humanos, todas ellas
estadounidenses.
Cabe señalar igualmente en este contexto normativo, algunas iniciativas
legales como la del Departamento de Trabajo de Estados Unidos, que ha emitido
una norma titulada “Prohibición de adquirir productos fabricados mediante
mano de obra infantil forzada o contratada en pago de deudas”. Además, dicho
Departamento ha elaborado una lista de productos extranjeros que pueden haber
sido manufacturados con mano de obra infantil, a efectos de restringir su
importación en Estados Unidos.
Por otra parte, cabe mencionar que a nivel internacional las
organizaciones más cercanas a este tipo de proyectos y problemáticas, señalan
que dentro del ámbito mundial son el sur de Asia, América Latina, Africa, y
otras partes de Asia -en este orden- aquellas zonas en los que más vulneración
de las normas y los principios fundamentales se llevan a cabo en este terreno.
Dentro de las iniciativas a nivel internacional en aras de una mejora en el terreno de los aspectos sociales y medioambientales, es necesario hacer una mención destacada del Pacto Mundial de la ONU sobre Derechos humanos, Normas laborales y Protección del medioambiente (Global Compact), que bajo los auspicios de la ONU se ha comenzado a difundir y desarrollar recientemente, y al que ya se han adherido cientos de empresas y otras organizaciones en todo el mundo.
La idea de este pacto surgió en 1999, a iniciativa del propio Secretario
General de la ONU en el Marco del Foro Económico Mundial de Davos (Suiza), con
el objetivo de impulsar la colaboración entre empresas, entidades no lucrativas
y otros agentes sociales en el terreno de la responsabilidad social. La
iniciativa viene a suponer un reto a los empresarios del mundo, para asegurar,
entre otras cosas, que los beneficios de la globalización alcancen a todos los
países, y a los grupos y personas menos favorecidos dentro de los mismos. Se
persigue así ampliar el alcance de los mercados, desde los mil millones de
habitantes que se estima que están actualmente integrados plenamente en los
mismos, hasta los seis mil millones de habitantes del mundo, para lo cual se
requiere de la creatividad de los empresarios, y quizá de diferentes formas de
hacer empresa, tendiendo a nuevos modelos empresariales.
El
Pacto se puso en marcha finalmente en julio de 2000, como una iniciativa
conjunta de la Organización Internacional de Trabajo, el Programa de Naciones
Unidas para el Medioambiente, y la Oficina del Alto Comisionado de Naciones
Unidas para los Derechos Humanos, buscando el compromiso, sobre todo de las
empresas, en la promoción de unas condiciones de trabajo justas, el respeto de
los derechos humanos, y la protección del medioambiente. El Pacto viene además
a marcar un hito histórico, ya que es la primera vez que se reúnen en torno a
un proyecto de este tipo, tanto empresarios, como ONGs, militantes de colectivos
de izquierdas, ecologistas, etc.
En
el Pacto se promulgan como objetivos básicos a cumplir de inmediato un conjunto
de nueve principios: dos de ellos relativos a los Derechos humanos, cuatro más
en referencia al Trabajo, y los tres últimos relacionados con el Medio ambiente
([2]).
Esperamos fehacientemente que se convierta en un buen cauce y un crisol de
iniciativas positivas en el contexto internacional de cara a conseguir una
dimensión realmente positiva y beneficiosa de la globalización.
Finalmente, no podemos concluir este artículo sin hacer una llamada o
invitación a que los investigadores de diversas disciplinas puedan desarrollar
estudios o ideas, desde diferentes puntos de vista: jurídicos, ecológicos,
tecnológicos, biológicos, económicos, etc., en aras de conseguir un
refinamiento conceptual y metodológico de los cauces y herramientas que
permitan impulsar o hacer más factible unas actuaciones realmente equilibradas
a nivel social y medioambiental por parte de las empresas, a través de los
productos socialmente correctos.
[1] OCDE (1995), Le comerce, l´emploi et les normes de travail: une étude des droits fondamentaux des travailleurs et de l´échange international, Paris.
[2] En un apartado posterior de este mismo número de la revista se describe con más detalle el contenido de este Pacto.